“La Constitución vigente en España presenta una serie de originalidades que vale la pena comentar. Es la única que fue elaborada por un Parlamento ordinario, sin especial encargo de elaborar una Constitución; por lo mismo, pasó por un Congreso de los Diputados y un Senado. A diferencia de lo ocurrido en la Europa posterior al Tratado de Versalles, en la que surgió un grupo de constitucionalistas dispuestos a apurar nuevas ideas de perfección constitucionalista, respecto de los Estados creados en el siglo XIX, fueron escasas las aportaciones que después de la 2ª Guerra Mundial se incluyeron en las nuevas Constituciones (Portugal, Grecia), debiendo en cambio subrayarse la influencia producida por la aplicación de varios textos dedicados a hacer listas de los Derechos Humanos, a nivel europeo o mundial. Con todo, desde una visión superficial la única novedad institucional, después de los trabajos de la Ponencia del Congreso, de la que me honré en formar parte, de la Comisión del Senado, de los Plenos de ambas cámaras y de la Comisión Mixta sería, en primer lugar, el Defensor del Pueblo.
Hay otra adición en este texto constitucional, respecto de los anteriores, que es la creación de autonomías regionales (con un carácter mucho más ambicioso que en la Constitución de 1931) y en torno al cual han surgido los temas más difíciles de la nueva era constitucional. No porque no estuvieran previstos por los redactores de la Constitución, que dieron al Gobierno (art.155) amplios poderes para restringir por los posibles abusos, pero lo cierto es que dicho artículo no ha sido aplicado ni una sola vez.La intención del constituyente fue correcta, pero es necesario aclarar una serie de cosas en materia de los idiomas: personalmente entiendo que todos los problemas posibles tendrían solución dentro de la propia Constitución, sin necesidad de reformas, pero exigen una clarificación política, en los programas electorales, en los sistemas educativos, en los debates parlamentarios, en las resoluciones judiciales (en particular, del Tribunal Constitucional) para asegurar la unidad y permanencia de uno de los Estados más antiguos y más consolidados de Europa, que además, disfruta de una lengua extendida por varios continentes y que figura entre las más nobles y prestigiosas del mundo, el castellano o español, la lengua de Cervantes.
Y todo ello en un momento en que por Europa entera se advierte la seriedad del problema, como lo confirman la desintegración de Yugoslavia, el problema planteado en el Reino Belga, y todos los demás que de modo u otro están creando conflictos, fracturas, genocidios monstruosos, y otras desgracias en nuestro mundo”.
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